Otra de las cuestiones observadas con respecto a la utilización de internet por parte de los menores, es la desinformación y el desconocimiento total que la mayoría de ellos tiene sobre las normas legales y leyes que rigen su utilización. La mayoría desconoce la consecuencia de insultar, acosar o amenazar a otra persona a través de la Red , divulgar información personal o íntima de otros, piratear, etc...
1. Ataques que se producen contra el derecho a la intimidad
Se recoge en los Artículos 197 al 201 del Código Penal. Vamos a ver los dos que más os interesan:
" No respetar la intimidad de los usuarios
en
Internet puede conllevar acciones
legales. "
El que amenazare a otro con causarle a él, a su familia o a otras personas con las que esté íntimamente vinculado un mal que constituya delitos de homicidio, lesiones, aborto, contra la libertad, torturas y contra la integridad moral, la libertad sexual, la intimidad, el honor, el patrimonio y el orden socioeconómico, será castigado:
1.º Con la pena de prisión de uno a cinco años, si se hubiere hecho la amenaza exigiendo una cantidad o imponiendo cualquier otra condición, aunque no sea ilícita, y el culpable hubiere conseguido su propósito. De no conseguirlo, se impondrá la pena de prisión de seis meses a tres años.
Las penas señaladas en el párrafo anterior se impondrán en su mitad superior si las amenazas se hicieren por escrito, por teléfono o por cualquier medio de comunicación o de reproducción , o en nombre de entidades o grupos reales o supuestos.
2.º Con la pena de prisión de seis meses a dos años, cuando la amenaza no haya sido condicional.